09 marzo 2010

Moralidad y legalidad

Bueno, dedico este artículo a recoger dos textos, los primeros que he encontrado, probablemente los hay mejores y más claros y concisos, sobre la relación entre moralidad y legalidad. El segundo habla de la relación entre ambas e introduce el término de la "responsabilidad", lo que es muy interesante para aclarar dicha relación.
Estos son los textos:

De la wikipedia:

Se denomina moral o moralidad al conjunto de creencias y normas de una persona o grupo social determinado que oficia de guía para el obrar (es decir, que orienta acerca del bien o del mal —correcto o incorrecto— de una acción o acciones).

La moral son las reglas o normas por las que se rige la conducta de un ser humano en relación con la sociedad y consigo mismo. Este término tiene un sentido positivo frente a los de «inmoral» (contra la moral) y «amoral» (sin moral). La existencia de acciones y actividades susceptibles de valoración moral se fundamenta en el ser humano como sujeto de actos voluntarios. Por tanto, la moral se relaciona con el estudio de la libertad y abarca la acción del hombre en todas sus manifestaciones.

(...)
Los conceptos y creencias sobre moralidad son generalizados y codificados en una cultura o grupo y, por ende, sirven para regular el comportamiento de sus miembros. La conformidad con dichas codificaciones es también conocida como moral y la civilización depende del uso generalizado de la moral para su existencia.


De Isegoria, una revista de filosofía moral y política del CSIC (página 11 del PDF o 39 del artículo):

(...) Al encararnos con el sentido de responsabilidad, de lo primero que hay que dejar constancia es de que cada uno se siente responsable en la intimidad de la conciencia. Si podemos sentirnos o no responsables de las consecuencias de un acto es cuestión que, en principio, sólo puede decidir el individuo, apelando a su conciencia. La noción de responsabilidad supone la existencia de una conciencia personal que, en último término, decide si puede aceptar o no los efectos previsibles de un acto o de una conducta. La noción de responsabilidad atañe al sustrato último de la decisión, hasta el punto de que puede muy bien considerarse la categoría fundamental de la ética. Que un acto pueda calificarse de moral significa simplemente que es una acto responsable, que es lo mismo que decir que se hace cargo de los efectos que produce. Empero, las consecuencias de los actos de cada uno de los individuos de una comunidad inciden de tal forma sobre el bienestar, y hasta sobre la supervivencia individual y colectiva, que ninguna sociedad abandona la responsabilidad exclusivamente a la conciencia individual. En el concepto de responsabilidad convergen una dimensión personal, ámbito de la moralidad, y otra social, que enmarca el de la legalidad. La noción de responsabilidad resulta así fundamental en la ética y en el derecho y está en la base de la distinción entre moralidad y legalidad, que proviene de diferenciar una dimensión individual, propia de la conciencia, y otra social y política, que resulta de la ulterior distinción moderna entre Estado y sociedad.
La noción de responsabilidad, con su doble dimensión ética y jurídica, recupera la unidad constitutiva de todo sistema normativo, así como explicita el camino recorrido para que se haya producido esta diferenciación. Moralidad y legalidad hunden sus raíces, como muestra un concepto común de responsabilidad, en la unidad sustancial de todo el sistema normativo, que no cuestiona la ulterior diferenciación de la responsabilidad entre un ámbito privado, moralidad, y otro colectivo, legalidad. En el ámbito legal, el Estado dicta las normas que estima oportunas para la convivencia pacífica; en el ámbito de la moralidad, aquellas que el individuo afirma en lo más profundo de su subjetividad. La legalidad descansa sobre el poder del Estado; la moralidad, sobre el poder de la conciencia.
(...)

5 comentarios:

  1. Anónimo10:39 a. m.

    Me quedo con la frase "En el ámbito legal, el Estado dicta las normas que estima oportunas para la convivencia pacífica; en el ámbito de la moralidad, aquellas que el individuo afirma en lo más profundo de su subjetividad. La legalidad descansa sobre el poder del Estado; la moralidad, sobre el poder de la conciencia".

    Por tanto la moral es algo en gran medida subjetivo, hay tantas morales como conciencias, y no debe ser impuesta por ningún colectivo como algunos se empeñan en hacer.

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  2. Lo cual demuestra una vez más que no entiendes nada, tienes una idea y estás cerrado al razonamiento.
    Coger una frase y descontextualizarla para hacerle decir lo que no dice, es signo de ese pensamiento unidimensional tan característico tuyo.
    Mira como comienza el párrafo:
    "Moralidad y legalidad hunden sus raíces, como muestra un concepto común de responsabilidad, en la unidad sustancial de todo el sistema normativo, que no cuestiona la ulterior diferenciación de la responsabilidad entre un ámbito privado, moralidad, y otro colectivo, legalidad."
    No son compartimentos estancos, sino intercomunicados, el legislador se basa en las normas morales que la sociedad tiene, no puede imponer obligaciones contrarias a la moral del colectivo. La moral no es un deseo subjetivo, una elección caprichosa del individuo o del colectivo, sino herencia transmitida por la cultura y la civilización de la sociedad en cuestión.
    Convertir por ley un delito en un derecho es un poco fuerte para quienes no se dejan dominar por lo que diga el que manda.
    Pero no sé si vas a entender todo esto.

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  3. Me alegra que un comentario mío haya dado pie a una pequeña investigación y su posterior debate.

    Estoy de acuerdo en que "el legislador se basa en las normas morales que la sociedad tiene, no puede imponer obligaciones contrarias a la moral del colectivo", pero ¿qué se considera como un colectivo a la hora de legislar? ¿10.000 manifestantes? ¿11.000.000 de votantes?...Y si existen colectivos con ideas morales contrarias, ¿a cual de ellass deberían ceñirse los legisladores?

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  4. Si nos atenemos a la ética de la justicia de Rawls (anglosajón y bastante aséptico), a la que haga menos daño al más débil implicado en la decisión (no sé si Rawls estará de acuerdo con mi interpretación pero así lo entendí cuando lo estudié).
    Y ahora la discusión es si el niño concebido es más débil o si un embrión, un feto o un "naciturus" o como queramos llamarle, es ya, por el hecho ser humano en formación, sujeto (propietario, digamos) de derechos.

    En el artículo del día 5 hay este tremendo párrafo que muestra por dónde va y no va la discusión:

    "A finales de los 60, el movimiento abortista realizó una decisión estratégica y deliberada: trivializar el debate del aborto, calificando todos los argumentos pro-vida como meros dogmas católicos. Esto hizo fácil pasar por alto el hecho científico, embriológico, innegable e inconveniente, de que la vida humana empieza con la concepción. En su lugar, había discusiones ampulosas sobre la separación iglesia/estado y acusaciones de que «nos meten la religión por la garganta a la fuerza»."

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  5. Si hay moralidades contrarias en una sociedad como la española, habría que atenerse a la que se ha heredado en la civilización a la que pertenecemos, la que inspira la Declaración de Derechos del Hombre que apuesta por el respeto a la vida como un valor universal y fundamental. Me parece a mí.

    (Se me había quedado en el tintero)

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